Artículo 91 del Código Civil de Chihuahua
Libro primero. De las personas · Título cuarto. Del registro civil · Capítulo VI. De las actas de emancipación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Si en la oficina en que se registró la emancipación no existe el acta de nacimiento del emancipado, el jefe de la oficina remitirá copia del acta de emancipación al del lugar en que se registró el nacimiento para que haga la anotación correspondiente.