Artículo 2398 del Código Civil de Coahuila
Libro sexto. De las obligaciones · Título sexto. De la transmisión de las obligaciones · Capítulo I. De la cesión de derechos · Sección primera. De la cesión ordinaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Si el deudor está presente en la cesión y no se opone a ella, o si no habiendo estado presente la ha aceptado, y esto se prueba, se tendrá por hecha la notificación.