Artículo 1902 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo quinto. De la transmisión de las obligaciones · Capítulo II. De la cesión de derechos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Si el deudor estuviere presente en la cesión y no se opusiere a ella, o si estando ausente la ha aceptado, y esto se prueba, se tendrá por hecha la notificación.