CCCOAH · Art. 2635

Artículo 2635 del Código Civil de Coahuila

Libro sexto. De las obligaciones · Título noveno. De la concurrencia y prelación de los creditos · Capítulo II. De los créditos hipotecarios y pignoraticios

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026

Del precio de los bienes hipotecados o dados en prenda se pagarán en el orden siguiente:

I.Los gastos del juicio respectivo y los que cause la venta de esos bienes.

II.Los gastos de conservación y administración de los mencionados bienes.

III.La deuda de seguros de los propios bienes.

IV.Los créditos hipotecarios de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2632, comprendiendo en el pago los réditos de los últimos tres años, o los créditos pignoraticios, según su fecha, así como sus réditos durante los últimos seis meses.

Para que se paguen con la preferencia señalada los créditos comprendidos en las fracciones II y III, son requisitos indispensables que los primeros hayan sido necesarios y que los segundos consten auténticamente.

Leer de corridodentro de Título noveno. De la concurrencia y prelación de los creditos

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
981ea65bbe8f…
Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 8 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 72 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'
  • Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.

Transitorios (44 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 2635, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2635/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.