Artículo 3455 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimonoveno. De los contratos accesorios · Capítulo IV. De la hipoteca · Sección II. De la hipoteca voluntaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Los actos jurídicos que puedan modificar o destruir la eficacia de una obligación hipotecaria anterior, no surtirán efectos contra tercero si no se hace constar en el Registro Público, por medio de una nueva inscripción, de una cancelación total o parcial, o de una nota marginal, según los casos.