CCCOAH · Art. 3631

Artículo 3631 del Código Civil de Coahuila

Libro octavo. Del registro publico · Título quinto. Del funcionamiento y efectos del registro · Capítulo II. De las personas que tienen derecho de pedir la inscripción y de la calificación registral (reformado, p.o. 30 de diciembre de 2014)

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026

En el caso a que se refiere el artículo anterior, el registrador tiene la obligación de hacer una inscripción preventiva, a fin de que si el Director General del registro ordena que se registre o anote el título rechazado, la inscripción o anotación definitivas surta sus efectos desde que por primera vez se presentó el título.

La inscripción preventiva sólo podrá cancelarse hasta que la resolución definitiva quede firme.

Leer de corridodentro de Capítulo II. De las personas que tienen derecho de pedir la inscripción y de la calificación registral (reformado, p.o. 30 de diciembre de 2014)

Sobre este texto
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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • (REFORMADO, P.O. 8 DE MAYO DE 2012)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 8 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 72 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'
  • Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.

Transitorios (44 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 3631, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3631/

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