Artículo 139 del Código Penal de Coahuila
Venta y destino de los bienes que se decomisan
Libro Primero. Disposiciones generales · Quinta Parte. Persecución de los delitos culposos · Título Quinto. Consecuencias jurídicas del delito · Capítulo Undécimo. Decomiso, destrucción y aplicación de instrumentos, objetos y productos del delito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 19 de mayo de 2026
Respecto a los instrumentos o bienes que se decomisen y sean de comercio lícito, también se dispondrá de ellos conforme lo dispone el Código Nacional de Procedimientos Penales.