Artículo 902 del Código Civil de Colima
Libro segundo. De los bienes · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo IV. Del derecho de accesión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Se entiende haber mala fe por parte del dueño, siempre que a su visita, ciencia y paciencia se hiciere el edificio, la siembra o la plantación.