Artículo 24 del Código Penal de Colima
Principio de incriminación cerrada para la punibilidad de los delitos culposos
Libro primero · Parte general · Título segundo. El delito · Capítulo I. Formas de comisión e imputación subjetiva
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 10 de octubre de 2026
La acción y omisión culposa sólo será punible en los casos expresamente determinados por la ley.