Artículo 4.146 Bis del Código Civil del Estado de México
De la naturaleza del Registro de Deudores Alimentarios Morosos
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO CUARTO. Del Parentesco y los Alimentos · CAPÍTULO IV. DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El área del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, es una unidad administrativa del Registro Civil.