Artículo 4.166 del Código Civil del Estado de México
Irrevocabilidad del reconocimiento de hijo
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO QUINTO. De la Paternidad y Filiación · CAPITULO III. Del Reconocimiento de los hijos nacidos fuera del Matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El reconocimiento no es revocable, aún cuando se haga por testamento y éste se revoque.