Artículo 7.1146 del Código Civil del Estado de México
Hipoteca extinguida por dación en pago
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO DECIMOQUINTO. De la Hipoteca · CAPITULO IV. De la Extinción de las Hipotecas
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
La hipoteca extinguida por dación en pago revivirá, si el pago queda sin efecto, ya sea porque el bien dado en pago se pierda por culpa del deudor estando todavía en su poder, o porque el acreedor lo pierda en virtud de la evicción.