Artículo 2340 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título vigésimo segundo. De la hipoteca · Capítulo V. De la extinción de las hipotecas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
La hipoteca extinguida por dación en pago revivirá, si el pago queda sin efecto, ya sea porque el bien dado en pago se pierda por culpa del deudor y estando todavía en su poder, ya sea porque el acreedor lo pierda en virtud de evicción.