Artículo 2594 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoctavo. De la hipoteca · Capitulo V. De la extincion de las hipotecas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
La hipoteca extinguida por dación en pago revivirá, si el pago queda sin efecto, ya sea porque el bien dado en pago se pierda por culpa del deudor y estando todavía en su poder, ya sea porque el acreedor lo pierda en virtud de evicción.