Artículo 2595 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoctavo. De la hipoteca · Capitulo V. De la extincion de las hipotecas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
En los casos del artículo anterior, si el registro hubiere sido ya cancelado, revivirá solamente desde la fecha de la nueva inscripción; quedando siempre a salvo al acreedor el derecho para ser indemnizado por el deudor, de los daños y perjuicios que se le hayan seguido.