Artículo 7.788 del Código Civil del Estado de México
Obligación del mandatario de pagar intereses
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO NOVENO. Del Mandato · CAPITULO II. De las Obligaciones del Mandatario con Respecto al Mandante
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El mandatario debe pagar los intereses de las sumas que pertenezcan al mandante y que haya distraído de su objeto e invertido en provecho propio, desde la fecha de inversión; así como los de las cantidades en que resulte alcanzado, desde la fecha en que se constituyó en mora.