Artículo 1153 del Código Civil de Guanajuato
Libro segundo. De los bienes · Parte Séptima. Del seguro, destrucción, ruina y reconstrucción del edificio · Título Sexto. Del usufructo, del uso y de la habitación · Capítulo V. Del uso y de la habitación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Si los frutos que quedan al propietario no alcanzan a cubrir los gastos y cargas, la parte que falte será cubierta por el usuario, o por quien tiene el derecho de habitación.