Artículo 1416 del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero. De las obligaciones · Primera Parte. De las obligaciones en general · Título Primero. Fuentes de las obligaciones · Capítulo V. De las obligaciones que nacen de los actos ilícitos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
En los casos previstos por los artículos 1413, 1414 y 1415, el que sufra el daño puede exigir la reparación directamente del responsable, en los términos de este Capítulo.