Artículo 1982 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo sexto. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES I. Efectos de las obligaciones entre las partes. Del cumplimiento de las obligaciones · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Si la obligación fuere de dar, se requerirá, para que opere la extinción, que se trate de bien cierto y determinado, y no de bien genérico; en este último caso la obligación subsistirá, a menos que el bien se haya perdido después de determinado con conocimiento del acreedor.