Artículo 2235 del Código Civil de Coahuila
Libro sexto. De las obligaciones · Título segundo. De las diferentes especies de obligaciones · Capítulo I. De las obligaciones de dar o de prestacion de bienes · Sección cuarta. De la imputacion del riesgo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Las reglas contenidas en los dos artículos anteriores se observarán también en los casos en que la obligación de dar tenga por objeto una especie indeterminada, pero sólo si el bien ya se hubiera convertido en cierto y determinado con conocimiento del acreedor, cuando su pérdida hubiere acontecido por caso fortuito o fuerza mayor.