Artículo 1987 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo sexto. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES I. Efectos de las obligaciones entre las partes. Del cumplimiento de las obligaciones · Capítulo II. De la mora
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Si el crédito fuere ilíquido, el deudor no caerá en mora, sino hasta que se efectúe la liquidación, excepto si la falta de liquidez fuese imputable al deudor.