Artículo 2114 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo septimo. De la extinción de las obligaciones · Capítulo VII. De la prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La prescripción será un medio de liberarse de obligaciones mediante el transcurso de cierto tiempo.
Sólo podrán prescribirse las obligaciones que estén en el comercio, salvo las excepciones establecidas en la ley.