Artículo 545 del Código Civil de Guerrero
Libro segundo. De la familia · Titulo tercero. De la filiación · Capítulo II. De la investigación de la paternidad y de la maternidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La posesión de estado, para los efectos de los artículos 517 y 544 fracción II se justificará demostrando por los medios ordinarios de prueba, que el hijo ha sido tratado por el presunto padre o por la familia de éste, como hijo del primero, o que ha usado el apellido del presunto padre, o que éste ha proveído a su subsistencia, educación o establecimiento.