Artículo 681 del Código Civil de Guerrero
Libro tercero. De los bienes y derechos reales · Titulo primero. De los bienes y su clasificación · Capítulo V. De los bienes mostrencos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
El que hallare una cosa perdida o abandonada, deberá entregarla dentro de tres días siguientes a la autoridad municipal del lugar o a la más cercana, si el hallazgo se verifica en despoblado.