Artículo 916 del Código Civil de Guerrero
Libro tercero. De los bienes y derechos reales · Titulo tercero. De la propiedad · Capítulo VI. De la copropiedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Las enajenaciones hechas por herederos o legatarios de la parte de herencia que les corresponda, se regirán por lo dispuesto en los artículos relativos.