CPGRO · Art. 368

Artículo 368 del Código Penal de Guerrero

Rebelión

Libro Segundo. Parte Especial · Título Vigésimo Cuarto. Delitos contra la seguridad de las instituciones del estado · Capítulo I. Rebelión

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 22 de mayo de 2026

Se impondrán de dos a diez años de prisión a quienes mediante el uso de la violencia y utilizando armas traten de:

I.Destruir, impedir o coartar la integración de las instituciones constitucionales del Estado;

II.Impedir la elección, renovación o funcionamiento de alguno de los Poderes Públicos del Estado, o de los Ayuntamientos;

III.Separar o impedir el desempeño de su cargo al Gobernador del Estado o alguna alta autoridad de cualquiera de los tres poderes del Estado, o de los Ayuntamientos, o

IV.Sustraer de la obediencia de las autoridades legítimamente constituidas toda o una parte de alguna población.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

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  • 2 notas de reforma sin el paréntesis de cierre en la fuente terminan en la línea que cierra con su fecha o su número de decreto; se leen como una sola nota.
  • 1 líneas del Periódico Oficial ('P.O. EDICIÓN …') impresas un párrafo debajo de una nota o de una sentencia se leen como parte de ella.
  • 11 rótulos de encabezado ('Capítulo I') impresos sin línea en blanco bajo el nombre del encabezado anterior se leen como encabezado propio.
  • 2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 11 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • 3 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.
  • 376 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('Artículo 1. Legalidad'): se publica como epígrafe (11 lo cierran con punto: se publica sin el punto final).
  • Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se lee solo el área de texto de cada hoja: fuera quedan el título del código impreso dos veces superpuesto en la parte superior y el pie «H. Congreso del Estado de Guerrero», «S.S.P./D.P.L.» con el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.

Transitorios (11 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 368, Código Penal de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 22 may 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-368/

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