Artículo 1270 del Código Civil de Hidalgo
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo primero. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Cada heredero puede disponer del derecho que tiene en la masa hereditaria; pero no puede disponer de las cosas que forman la sucesión.