Artículo 1471 del Código Civil de Hidalgo
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesion por testamento · Capitulo IX. De la nulidad, revocación y caducidad de los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
El testador no puede prohibir que se impugne el testamento en los casos en que éste deba ser nulo conforme a la ley.