Artículo 3252 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capítulo IX. Nulidad y revocación de los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El testador no puede prohibir que se impugne el testamento en los casos en que éste deba ser nulo conforme a la ley.