Artículo 2310 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo tercero. De la permuta
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Si uno de los contratantes ha recibido la cosa que se le da en permuta, y acredita que no era propia del que la dio, no puede ser obligado a entregar la que él ofreció en cambio, y cumple con devolver la que recibió.