Artículo 3004 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Tercera parte · Titulo primero. De la concurrencia y prelacion de los creditos · Capitulo VII. Acreedores de cuarta clase
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Con los bienes restantes serán pagados todos los demás créditos que no estén comprendidos en las disposiciones anteriores. El pago se hará a prorrata y sin atender a las fechas, ni al origen de los créditos.