Artículo 2468 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Tercera parte · Título primero. De la concurrencia y prelación de créditos · Capítulo séptimo. Acreedores de cuarta clase
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Con los bienes restantes serán pagados lo demás créditos que no estén comprendidos en las disposiciones anteriores. El pago se hará a prorrata y sin atender a las fechas ni al origen de los créditos.