Artículo 90 del Código Penal de Hidalgo
Libro primero · Titulo tercero. De las consecuencias jurídicas del delito · Capitulo I. Suspensión condicional de la ejecución de la pena
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Si al dictarse sentencia aparecen reunidos los requisitos para la suspensión condicional de la ejecución de la pena, sin haberlo considerado el juez de esa manera, se entenderá que se concede, y bastará para hacerlo efectivo que se solicite ante el propio juez, quien resolverá la conducente en el incidente respectivo.