Artículo 206 del Código Civil de Jalisco
LIBRO SEGUNDO. De las Personas y de las Instituciones de Familia · TÍTULO TERCERO. De las Personas Jurídicas · CAPÍTULO III. De las Fundaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
La fundación se extingue:
I.Por expirar el plazo fijado para su funcionamiento;
II.Por el cumplimiento o realización de sus fines; y
III.Por la imposibilidad financiera de seguir operando.