Artículo 2458 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO DECIMOTERCERO. De la fianza · CAPÍTULO V. De la extinción de la fianza
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
El perdón que fuere concedido por el acreedor, solamente a alguno de los cofiadores, en la parte relativa a su responsabilidad, no aprovecha a los otros.