Artículo 2460 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO DECIMOTERCERO. De la fianza · CAPÍTULO V. De la extinción de la fianza
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
La prórroga o espera concedida al fiado por el acreedor, sin consentimiento del fiador, extingue la fianza.