Artículo 1378 del Código Civil de Morelos
CADUCIDAD DE LA OBLIGACION CONDICIONAL DE VERIFICACION DE ACONTECIMIENTO CIERTO EN TIEMPO FIJO
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo segundo. Modalidades y complejidad de las obligaciones · Capitulo I. De las obligaciones condicionales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
La obligación contraída bajo la condición de que un acontecimiento suceda en un tiempo fijo, caduca si pasa el término sin realizarse, o desde que sea indudable que la condición no puede cumplirse.