Artículo 1512 del Código Civil de Morelos
CONTENIDO PRESUPUESTOS DE LA INDEMNIZACION COMPENSATORIA LA MORATORIA
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo cuarto. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capitulo III. Incumplimiento de las obligaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
La indemnización compensatoria comprenderá el valor de la suerte principal o su equivalente en dinero, más los daños y perjuicios causados directamente por el incumplimiento; y la indemnización moratoria, los daños y perjuicios originados por el retardo en el cumplimiento de la obligación.
Para que proceda la primera bastará que el deudor no cumpla, excepto cuando la Ley requiera además culpa, o cuando el incumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.
Para que proceda la indemnización moratoria es menester que el deudor incurra en mora.