Artículo 2545 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo decimo. Del contrato de prestación de servicios · Capitulo IV. De los porteadores y alquiladores
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
El crédito por fletes que se adeudaren al portador, será pagado preferentemente con el precio de los efectos transportados, si se encuentran en poder del acreedor.