Artículo 1016 del Código Civil de Puebla
Libro tercero bienes · Capítulo V. Apropiación de animales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Es lícito a cualquiera:
I.Apropiarse de los animales bravíos, conforme a los reglamentos de policía;
II.Apropiarse de los enjambres que no hayan sido encerrados en colmenas;
III.Ocupar o matar los animales feroces que se escaparen del encierro en que los tengan sus dueños.