Artículo 1340 del Código Civil de Puebla
Libro tercero bienes · Capítulo XIII. Derecho de superficie
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Mientras subsista el derecho de superficie, son aplicables las siguientes disposiciones:
I.Existen dos derechos de propiedad independientes, y que son:
a)La propiedad de las construcciones, que son del superficiario; y,
b)La propiedad del terreno, que continúa siendo del dueño de éste.
II.No se confundirán las dos propiedades a que se refiere la fracción anterior; y,
III.El superficiario goza de una servidumbre de apoyo, en provecho de la construcción como predio dominante, y por lo que hace a los cimientos de ésta.