Artículo 1534 del Código Civil de Puebla
Libro cuarto. Obligaciones · Capítulo V. Declaración unilateral de voluntad · Sección quinta. Promesa de recompensa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
En el caso de la revocación a que se refiere el artículo anterior, quien pruebe que hizo erogaciones proporcionadas al monto de la recompensa, para prestar el servicio o realizar la obra, tiene derecho a que se le reembolsen.