Artículo 1648 del Código Civil de Puebla
Libro cuarto. Obligaciones · Capítulo XI. Prestación de bienes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Desde que el contrato se perfecciona, son a cargo del acreedor, la pérdida o deterioro del bien objeto de la obligación, aun cuando éste no le haya sido entregado.