Artículo 174 del Código Civil de Puebla
Libro primero. Personas · Capítulo IV. Reglas generales sobre las personas jurídicas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Las personas jurídicas se regirán por las leyes correspondientes y, en su caso, por lo dispuesto en este Código, por su escritura constitutiva y por su estatuto.