Artículo 2292 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo VI. Arrendamiento · Sección tercera. Obligaciones y derechos del arrendatario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
La renta será pagada en el lugar convenido, y a falta de convenio, en la casa habitación o despacho del arrendatario.