Artículo 743 del Código Civil de Puebla
Libro segundo. Familia · Capítulo XI. Tutela · Sección octava. Desempeño de la tutela. reglas generales sobre la administración por el tutor
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El tutor tiene derecho a una retribución sobre los bienes del incapaz, que podrá fijar el testador que lo nombre en su testamento, o el Juez.