Artículo 104 del Código Penal de Puebla
Libro primero disposiciones generales · Capítulo décimo noveno. Conmutación de sanciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
Con las sumas que se obtengan de las multas impuestas como sanciones o como conmutación de la pena de prisión, se integrará un Fondo para la protección a víctimas de delitos.