CPPUE · Art. 244 BIS

Artículo 244 BIS del Código Penal de Puebla

Libro segundo delitos en particular · Capítulo noveno. Responsabilidad profesional · Sección cuarta. Responsabilidad notarial

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025

Se impondrá de uno a cinco años de prisión y multa de cien a quinientas Unidades de Medida y Actualización, al que en su función como Notario:

I.- No desempeñe personalmente sus funciones y su actividad notarial;

II.- Actúe en folios que no fueron autorizados por la autoridad notarial, o que los mismos no tengan una secuencia y se ejecuten sin el conocimiento de la autoridad notarial;

III.- Provoque dolosamente la nulidad de un instrumento o testimonio y cause daño o perjuicio directo a los prestatarios o destinatarios;

IV.- Impida que se lleven a cabo las visitas ordinarias, extraordinarias, inspección o especiales;

V.- Permita la suplantación de persona, firma, o sello, ya sea por dolo u omisión en el debido ejercicio de su función;

VI.- Omita identificar dentro del Instrumento Notarial la forma en que se pague la transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles cuando las operaciones tengan un valor igual o superior al equivalente de 14,417 Unidades de Medida y Actualización o las que por disposición regulan actos u operaciones relacionados con recursos de procedencia ilícita;

VII.- Omita agregar al apéndice de los instrumentos copia o impresión de las transferencias bancarias o cheques por el pago de las operaciones traslativas de dominio o constitución de derechos reales de inmuebles, salvo las garantías que se constituyan en favor de instituciones del sistema financiero u organismos públicos de vivienda;

VIII.- Incumpla con el pago de los impuestos y derechos que se otorguen conforme a la normatividad aplicable, y

IX.- Dolosamente omita verificar la existencia y veracidad de los mandatos y poderes generales o especiales para actos de dominio, empleados en los actos que se celebren ante su fe, conforme ordena la Ley del Notariado para el Estado de Puebla.

Leer de corridodentro de Capítulo noveno. Responsabilidad profesional

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
47b98cd5c3a8…
Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Puebla)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo adicionado el 1/jul/2022.

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 64 notas al pie referidas a encabezados (denominación de libro, título, capítulo o sección) no se asignan a ningún artículo
  • La portada del documento oficial dice '16 DE JUNIO DE 2026' (fecha de actualización de la compilación); el decreto más reciente que reproduce la fuente se publicó el 2025-12-15 ('publicado en el Periódico Oficial del Estado, el lunes 15 de diciembre de 2025'). Se usa este como última reforma y la portada como fecha de corte.
  • Fuente única: el PDF oficial del Congreso (no hay versión Word). Los párrafos se arman con los bloques del PDF y el margen derecho del texto justificado; se omiten el encabezado y el número de página.
  • Las notas de reforma de la fuente son notas al pie (llamada en superíndice, p. ej. 'Artículo 7²'); la llamada se quita del texto y la nota va en nota_reforma del artículo.
  • La portada de la fuente advierte: 'El contenido del presente ordenamiento es de carácter informativo. La fuente original es la publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla.'
  • 7 notas al pie fuera del articulado (transitorios) no se asignan a artículos

Transitorios (142 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 244 BIS, Código Penal de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 15 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-244-bis/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.