Artículo 248 del Código Penal de Puebla
Libro segundo delitos en particular · Capítulo décimo. Falsedad · Sección segunda. Falsificación de sellos, marcas y punzones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
Se impondrá prisión de uno a nueve años y multa de diez a cien Unidades de Medida y Actualización:
I.Al que falsifique los sellos de los Poderes del Estado o las marcas oficiales;
II.Al que falsifique el sello, marca o contraseña que alguna autoridad use para identificar cualquier objeto o para asegurar el pago de algún impuesto, derecho o aprovechamiento; y
III.Al que falsifique los punzones, matrices, planchas o cualquier otro objeto que sirva para la fabricación de acciones, obligaciones y demás títulos o documentos a que se refiere el Capítulo anterior.