Artículo 26 del Código Civil de Querétaro
Libro Primero. De las personas · Título Primero. De las personas físicas y morales · Capítulo Segundo. De las personas morales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Las personas morales pueden ejercitar todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución.